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Compromiso Padres de Familia

CLÁUSULAS QUE CONTIENEN LAS CONDICIONES Y ESPECIFICACIONES INSTITUCIONALES, PEDAGÓGICAS Y ECONÓMICAS RESPECTO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PARROQUIAL DANTE ALIGHIERI PARA EL AÑO ESCOLAR 2021

Conste por el presente documento que se suscribe por duplicado, las cláusulas que contienen las condiciones y especificaciones institucionales, pedagógicas y económicas respecto a la prestación del servicio educativo de la Institución Educativa, y que suscriben de una parte El Colegio Parroquial Dante Alighieri, debidamente representado por su Directora la Licenciada María Vizconde Osorio con DNI 18110079 que a efectos del presente se le denominará LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, de la otra parte ………………………………………identificado con DNI/ C.I.P /C.E. Nº……………….CON domicilio en…………………………………………………………, con teléfono quien a efectos del presente documento se le denominará EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO, conforme a lo siguiente: -

PRIMERA.- EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO es responsable directo de la formación y comportamiento de su menor hijo(a) o pupilo, y titular de los deberes, obligaciones y responsabilidades que se generen en relación a LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, servicio educativo que brindará LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA a favor de su menor hijo(a) o pupilo. …………………………... .…………………… del ………………Año/Grado del nivel…………………..

SEGUNDA. EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO, en aras de una buena formación académica, científica, humanista, cristiana y social para su menor hijo(a) y/o pupilo ha decidido libre y voluntariamente matricularlo en LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, con pleno conocimiento de la formación y la calidad del servicio educativo que imparte, los mismos que se detallan en el presente documento.

TERCERA.- EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO deja expresa constancia de haber tomado conocimiento claro, veraz, preciso, por escrito y detallado de las condiciones y especificaciones institucionales, pedagógicas y económicas de la prestación del servicio educativo de LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, información que'ha sido brindada por LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA de manera oportuna durante el proceso de matrícula, normas y demás disposiciones respecto del servicio educativo que presta LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, manifestando su conformidad con todos ellos y aceptando las condiciones del servicio educativo de manera libre y voluntaria.

CUARTA.- EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO declara que la información clara, veraz, suficiente, apropiada, por medio oral y escrito y muy fácilmente accesible a su persona, que le ha brindado LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, se refiere e las condiciones del servicio educativo que presta éste; es decir, se le ha informado de manera debida sobre lo siguiente:

A.- La I.E. P Dante Alighieri ha sido autorizada por R.D.NO 911-65 de fecha 27 de Abril 1965 por el Ministerio de Educación -Dirección, 8va Región de Educación - Trujillo. Es una Institución Educativa de Acción conjunta, tiene personalidad jurídica de carácter Privado, promovida por el Arzobispado Metropolitano de Trujllo.

  • Resolución Directoral NO 0911-65 de fecha 27 de Abril de 1965, mediante la cual se autoriza el funcionamiento del nivel primario.

  • Resolución NO 01972 de fecha 06 de julio de 1967, en la cual se otorga la ampliación de servicios educativos al nivel secundario.

  • Resolución Directoral NO 856-79, en la cual se otorga la ampliación del servicio educativo en el nivel de ll Ciclo de Educación Básica Regular

B.- La Dirección del Colegio, en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes y con el propósito que los Señores Padres de Familia dispongan de toda la información respecto al costo del servicio educativo, pone en conocimiento que para el año lectivo (2021), se ha establecido lo siguiente:

1. INSCRIPCIONES PARA ALUMNOS NUEVOS

         Derecho de Inscripción                                                                            S/. 300.00

(Aplicable sólo para alumnos nuevos, por única vez y se cancelara en una sola cuota)

 

2.- MATRÍCULA

              Matrícula: (une sola cuota).

Primaria

210.00

Secundaria

210,00

 

 

3.- CRONOGRAMA DE PAGOS

Primaria

S/.210.OO

Secundaria

S/.210.OO

 

 

El número de pensiones será de 10 mensualidades (marzo a diciembre):

 

 

  • Los pagos por concepto de pensiones educativas deberán efectuarse el primer día hábil del siguiente mes.

 

  1. La matrícula y pensión de enseñanza para el año 2021 será de:

 

  • Matrícula/ Ratificación de matrícula: S/ 210.00 (una sola cuota).

 

  • De las pensiones de enseñanza: son 10 mensualidades, de marzo a diciembre. Mensualidad: S/ 210.00

 

 

  • En el caso de que, ante el contexto de emergencia sanitaria el gobierno central a través del MINEDU disponga continuar con la modalidad virtual, según disposiciones de MINEDU, se mantendrá el mismo descuento aplicado en el año 2020, los costos serían entonces como a continuación se detallan:

*Pensión de enseñanza - Mensualidad:

S/ 160.00

*Pronto pago (hasta el 26 de cada mes):

S/ 150.00

 

MPORTANTE:

  • De retornarse a la presencialidad, se hará efectivo el incremento de S/ 25.00 soles a partir del III bimestre (agosto) y de 25.00 soles más a partir del IV bimestre (octubre).

 

  • Incentivo Pronto pago: Los pagos de las pensiones que se efectúen hasta el 26 de cada mes tendrán un descuento de S/ 20.00 soles.

 

b. Los costos que se cancelan por el servicio educativo incluyen:

Costos globales de la organización de los proyectos pedagógicos curriculares, material educativo que se entrega durante todo el año escotar (comunicados, guías, exámenes, libretas de notas: agenda).

No se incluye dentro de los conceptos del servicio educativo:

  • Útiles escolares y textos educativos.

  • Uniforme escolar y uniforme de educación física.

 

  • El uniforme escolar y de educación física, pueden ser adquirido donde el padre de familia o apoderado Io estime conveniente.

 

  • El recargo por no cumplir a tiempo con el pago de pensiones será el tope máximo legal permitido por el BCR por día a partir del día siguiente de la fecha de vencimiento, conforme lo establecido por INDECOPI.

 

c.- Requisitos para vacante Nivel Primaria - Nivel Secundaria:

 

  • Para el proceso de inscripción de estudiantes nuevos (ingreso), los padres de familia deberán presentar los siguientes documentos debidamente escaneados a Mesa de Partes Virtual:

 

  • Partida de Nacimiento Original.

  • Compromiso de respeto a la línea Axiológica (en caso de no profesar la Religión Católica) **

  • Copia de DNI del estudiante y los padres de familia o apoderado.

  • Carta poder con firma legalizada para el caso del apoderado (representante legal).

  • Informe de Progreso **

  • Informe de cumplimiento de normas de convivencia y autorregulación **

  • Carta o Constancia de No Adeudo (en caso de provenir de una institución educativa privada).

  • 03 fotos tamaño carné **

  • Voucher de derecho de inscripción (a pagar en Tesorería).

 

** No son de carácter obligatorio para el momento del acto de inscripción, en todo caso para regularizar posteriormente o presentar los documentos del año anterior a 2020, de ser el caso que ocupe vacante.

 

  • Será el Comité de Matrícula quien procederá a la revisión de los documentos presentados por los Padres de Familia aspirantes a una vacante para su menor (es) hijo (s).

  • Los padres de familia cuyos expedientes cumplan con los requisitos completos serán convocados para participar de una entrevista virtual en compañía del estudiante aspirante a la vacante.

  • Se publicará en la página web institucional la lista de estudiantes que hayan logrado ocupar una vacante en función de la cantidad de postulantes y el número de vacantes ofertadas estableciendo de esta manera las prioridades de ingreso sin implicancia de ningún examen de admisión o evaluación.

En el caso de que se tenga un mayor número de postulantes que vacantes, podrán establecerse criterios de priorización para la selección de las familias a admitir: contar con hermanos en la I.E., responsabilidad y participación demostrada de los PP. FF. en la educación de sus hijos, coincidencia declarada o demostrable de la línea axiológica de las familias con la I.E., residencia en la zona de ubicación de la I.E.

 

  • Para el proceso de Matrícula de estudiantes nuevos, los padres de familia deberán presentar los siguientes documentos debidamente escaneados a Mesa de Partes Virtual:

 

  • Certificado de Estudios de los años anteriores **

  • Ficha de Matrícula (con código del estudiante y el código modular de la IE de procedencia) **

  • Carta Poder legalizada (en caso de ser el apoderado o representante legal).

  • Ficha de datos familiares (con carácter de declaración jurada).

  • En el marco de la atención a los estudiantes con necesidades educativas especiales (NEE): para los casos de discapacidad, presentar certificado de discapacidad o el certificado médico del centro de salud autorizado; en el caso de no contar con este documento, presentar una declaración jurada, la cual deberá ser regularizada en un plazo de seis meses.

  • Resolución Directoral de Traslado **

  • Recibo de pago por derecho de matrícula.

** No es de carácter obligatorio para el momento del acto de matrícula, en todo caso para regularizar posteriormente.

 

  • Para el proceso de Continuidad (matrícula de los estudiantes de la IE o provenientes de otra IE), los padres de familia y/o apoderado (representante legal) deberán presentar los siguientes documentos debidamente escaneados a Mesa de Partes Virtual y/o acreditar:

* Cumplimiento de normas de convivencia y autorregulación **

* Informe de Progreso de Competencias **

* No tener deuda pendiente.

* Recibo de pago por derecho de matrícula: S/. 210.00 (una sola cuota).

* Ficha de datos familiares (con carácter de declaración jurada).

* Copia de DNI del padre de familia o apoderado.

* Carta poder con firma legalizada (en caso del apoderado o representante legal).

** No es de carácter obligatorio para el momento del acto de matrícula, en todo caso para regularizar posteriormente o presentar documento del año anterior a 2020 (en el caso de estudiantes provenientes de otras IE).

 

  • El Padre de Familia reconoce que tiene conocimiento que si mantuviera deuda pendiente por servicio educativo de años anteriores al momento de ratificar la matricula 2021, la I.E. Dante Alighieri, se reserva el derecho de ratificar la matrícula de aquellos alumnos que presenten deudas u obligaciones pendientes del año anterior, en el marco de la Ley 27665 que modifica la Ley 26549; el Colegio informa que retendrá los certificados correspondientes a periodos adeudados.

  • No es obligatorio presentar el total de útiles escolares al inicio del año escolar.

 

 

d.- El número de alumnos de cada aula esta dentro de to aceptable pedagógicamente

 

e.- Horario de clases:

  • PRESENCIAL: Ambos niveles funcionan en el turno de la mañana (presencialidad)

 

  • VIRTUALIDAD: Nivel primaria turno mañana y nivel secundaria turno tarde.

El Colegio dará a conocer el horario oportunamente entes del inicio del año escolar.

 

Talleres: durante la presencialidad.

 

  • Los alumnos podrán escoger sus talleres después de haber concluido su horario de clases, el horario varía dependiendo del día de la semana.

 

  • Los talleres son opcionales y su participación es voluntaria, las vacantes son limitadas, su puesta en marcha dependerá de que se cubra con el mínimo de alumnos inscritos.

 

f- Servicios de apoyo al estudiante:

 

  • Atención Psicológica

  • Acompañamiento

  • Espiritual

  • Biblioteca

  • Sala de cómputo

  • Auditorio

  • Servicio de Internet

 

  • Botiquín general

 

 

 

  1. Plan de Estudios

 

PLAN DE ESTUDIOS – NIVEL PRIMARIA 2021

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PLAN DE ESTUDIOS DEL NIVEL SECUNDARIA

2021

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

  1. Horas del Plan de Estudios

 

  • Educación Primaria: El trabajo diario es de 07 horas pedagógicas; 30 horas semanales y un mínimo 1,100 horas anuales.

  • Educación Secundaria: El trabajo diario es de 07 horas pedagógicas (lunes, martes, jueves y viernes) y de 8 horas pedagógicas los días miércoles, 36 horas semanales y un mínimo 1200 horas anuales.

 

 

 

INICIO DE CLASES: 15 de marzo 2021             CLAUSURA: 30 de diciembre de 2021

l) Entrega de Informe de Progreso por Competencias 2021

 

Habiendo tomado conocimiento de las especificaciones a que se refiere la presente cláusula respecto a las condiciones y especificaciones institucionales, pedagógicas y económicas, EL PADRE DE FAMILIA Y/O APODERADO manifiesta de manera libre y voluntaria su aceptación y compromiso de cumplimiento respecto a las mismas, pues por medio del presente documento toma los servicios educativos que LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA brinda.

QUINTA.- Mediante la suscripción del presente documento, EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO asume el cumplimiento de todos y cada uno de los deberes y obligaciones que le corresponde, conforme al Reglamento Interno de LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, Reglamento de Pensiones y Becas, sus directivas y normas, así como el ejercicio de sus derechos como padre de familia o apoderado. En tal sentido asume el compromiso de cancelar las pensiones de enseñanza de su menor hijo(a) o pupilo, dentro del plazo establecido por LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, reconociendo que el presupuesto de operatividad e inversión de esta institución educativa se financia íntegramente con las pensiones de enseñanza que cancelan los Padres de Familia o Apoderado, pagos que a su vez permiten el pago de las remuneraciones a los docentes contratados, personal administrativo, el pago de los servicios de luz, agua, internet y teléfono entre otros.

Asimismo, reconoce que el pago oportuno y puntual de las pensiones educativas mensuales evita el cargo de penalidades que se establecen en LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA de acuerdo e Ley.

SEXTA, Las partes convienen que, en caso que el hijo(a) o pupilo sea retirado o trasladado de LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, por cualquier motivo y en cualquier época del año, no se le devolverá pago alguno por concepto de matrícula, cuota de ingreso o pensiones de enseñanza, quedando obligado el pego de fos conceptos que estuviere adeudando e la fecha que ocurre el retiro o traslado; así como de cualquier obligación que se encontrare pendiente.

SÉTIMA.- Las partes dejan expresa constancia que de acuerdo a la legislación nacional y las normas internas de LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, la IEP tiene la facultad de no incluir en los documentos evaluativos las calificaciones por los periodos no pagados y/o retener los certificados de estudios correspondientes a periodos no pagados (La Institución Educativa se reserva el derecho de entregar los documentos de los periodos impagos en mérito a la Ley 27665 artículo 20 modificación del artículo 16 de la ley NO 26549).

EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO que habiendo sido citado a reunión para tratar el incumplimiento en el pago del costo del servicio educativo, no logre ningún entendimiento de pago de lo adeudado, o no cumpla con el cronograma de pago establecido en el convenio o acuerdo de pago, LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA , se reservará el derecho de admitir o no, al estudiante para el año lectivo siguiente, pudiendo en todo caso interponer las acciones legales correspondientes a efectos de lograr el cobro de lo adeudado. En tal sentido, el PADRE DE FAMILIA O APODERADO acepta asumir las responsabilidades, correspondientes por el incumplimiento de sus obligaciones pecuniarias con LA INSTITUCION EDUCATIVA—

OCTAVA.- Es obligación de EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO revisar, firmar y controlar que su menor hijo(a) pupilo(a) lleve diariamente la agenda de control en la presencialidad.

NOVENA.. Es obligación de EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO entregar al momento de la matrícula toda la documentación requerida la cual se indica en la cláusula cuarta del presente documento. De no haber entregado la documentación requerida por LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, se compromete a hacerlo llegar de acuerdo a la fecha que se estipule, caso contrario asumirá las responsabilidades que esta omisión ocasione.

DÉCIMA. - Es obligación de EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO recoger personalmente el Informe de Progreso por Competencias, en el día señalado.

DÉCIMA PRIMERA. EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO debe orientar o rectificar el mal comportamiento de su hijo(a) o pupilo(a), aceptando con respeto la sugerencia y medidas reparadoras; propiciando y apoyando las alternativas adecuadas a la formación integral de su hijo(a) o pupilo (a)

DÉCIMA SEGUNDA.•.- Que, conforme a lo prescrito en el Reglamento Interno de la I.E.P Dante Alighieri CAPÍTULO XII: DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA (art. 158 y 159) el padre de familia o apoderado debe mantener una relación permanente con LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, teniendo en cuenta las siguientes acciones:

DERECHOS:

ARTÍCULO 158.-

Son derechos de los padres de familia, apoderados y representantes legales de los estudiantes:

  1. Optar libre y voluntariamente para matricular a su hijo (a) en la I.E.P. “Dante Alighieri”, presentándose en compañía de él (ella) y firmar el compromiso que vincula a la familia con la Institución.

  2. Recibir información acerca de la filosofía, principios axiológicos, objetivos, reglamentos, lineamientos pedagógicos alighierinos y económicos de la Institución.

  3. Recibir jornadas de capacitación para lograr la formación integral de su hijo (a) y familia (Escuela para Padres).

  4. A que se le brinde una sólida educación moral, religiosa y académica a su hijo (a), en un ambiente de diálogo sano y constructivo que le permita identificarse como persona íntegra.

  5. Recibir personalmente información oportuna, completa y clara sobre logros y dificultades en el proceso de aprendizaje de su hijo (a), vinculándose a las ayudas que la institución le pueda brindar.

  6. Ser atendido en todas sus inquietudes por el personal docente y autoridades de la Institución en las horas de atención establecidas.

  7. Recibir un trato digno, respetuoso y cordial de todos los miembros de la comunidad educativa, teniendo la oportunidad de entablar diálogos que fortalezcan la orientación integral de su hijo (a).

  8. El padre de familia y/o apoderado puede solicitar por escrito la corrección de las evaluaciones, en un plazo no mayor de 48 horas de recibida la información.

  9. El padre pierde el derecho a ser apoderado cuando legalmente ha perdido la patria potestad.

  10. Denunciar ante la Dirección cualquier situación irregular y deshonesta cometida por el personal en perjuicio de sus hijos.

DEBERES:

ARTÍCULO 159º.-

Son deberes de los padres de familia:

  1. Dar ejemplo de vida y brindar la acción correctiva a su menor hijo, si fuera necesario. Cuando su acción no bastare, podrá recurrir a la autoridad competente.

  2. Conocer, asumir, respetar y apoyar la filosofía, los principios axiológicos, objetivos, reglamentos y lineamientos pedagógicos de la institución.

  3. Garantizar el cumplimiento de las obligaciones escolares de sus hijos, apoyando y reforzando la labor realizada en horario escolar.

  4. Velar por la formación y educación integral de su hijo (a) apoyando las directivas de la institución

  5. Asumir el sentido de pertenencia, velando por el prestigio de la Institución estando atento al comportamiento de su hijo (a) fuera de la institución, a la selección de sus amistades, preservándolo(a) de vicios y compromisos que incidan negativamente en su formación moral, religiosa y ética.

  6. Cuidar que su hijo (a) porte correctamente el uniforme con dignidad y decoro, de acuerdo a lo establecido en el reglamento.

  7. Asistir puntualmente a las reuniones, jornadas y citaciones personales que convoque la Institución con carácter de obligatoriedad, su inasistencia es una falta al cuidado parental – D.L. N° 1297.

  8. Brindar a su hijo (a) todos los medios que favorezcan su crecimiento integral.

  9. Proveer de los recursos didácticos necesarios para el desarrollo de las actividades escolares.

  10. No permitir que asista a la Institución con distractores que impidan el logro de aprendizaje de su hijo.

  11. Brindar un trato digno, respetuoso y cortés a todos los miembros de la comunidad educativa, dando testimonio con su presentación personal, vocabulario y buenos modales.

  12. Aceptar y acoger con respeto los estímulos, sugerencias y medidas restaurativas pedagógicas, en beneficio a la formación integral de su hijo (a).

  13. Responder ante la Institución por cualquier daño, deterioro o pérdida de bienes o implementos ocasionados por su hijo (a).

  14. Velar por la seguridad y salud integral de su hijo (a) no enviándolo (a) cuando se encuentre delicado (a) de salud.

DÉCIMA TERCERA.- EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO deja expresa constancia de haber sido informado, conocer y aceptar en pleno ejercicio de su libertad los derechos a que se reserva LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA por el incumplimiento de sus obligaciones asumidas en el presente documento. En concreto, declara conocer y aceptar que en caso de incumplimiento del pago por concepto de pensión de enseñanza deberá cancelar dicha pensión de enseñanza con la correspondiente penalidad.

DÉCIMA CUARTA.- EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO declara conocer las condiciones y requisitos sobre becas y ayudas proporcionadas por LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, así como el Reglamento de Pensiones y Becas, declarando que en caso de tramitar alguno de estos beneficios a favor de su hijo(a) o pupilo(a) lo hará con honestidad.

DECIMA QUINTA.- El reglamento Interno se entregará únicamente a los alumnos que se matriculan por primera vez en el año lectivo 2021. Además, estará publicado en la página WEB de la institución para conocimiento público.

A los padres de familia o apoderados que ratifiquen su matrícula se les informa que el reglamento interno entregado , se ha modificado en el Artículo 153 con relación a las prohibiciones y faltas graves.

PROHIBICIONES:

ARTÍCULO 153º.-

Se consideran conductas negativas aquellas acciones intencionales que violan la dignidad de la persona y la convivencia común, así como el espíritu y la propuesta educativa de la Institución.

Está Prohibido: Presencialidad.

a.     Traer alhajas, adornos, objetos de lujo, dinero, radios, grabadora, periódicos, revistas, casino, cosméticos, lociones u otros objetos que distraigan el aprendizaje, ya que serán retenidos hasta la presencia del padre/madre de familia y/o apoderado (a), sin opción a reclamo. En caso de pérdida o deterioro la institución no asume la responsabilidad. Presencialidad.

b.     Por primera vez se retendrá el objeto distractor y se le entregará al padre o apoderado, haciéndole firmar un acta de conocimiento y aceptando la norma de referencia. La reincidencia conlleva a la retención del objeto hasta fin de año. De no recogerlo, en su debido tiempo, pasarán a ser parte de la obra de Misiones. Presencialidad.

c.     Que los Padres de familia dejen libros, tareas, útiles, paquetes, loncheras u otros para ser entregados a los estudiantes fuera de la hora de ingreso. Presencialidad.

d.     Consumir golosinas o alimentos, durante la hora de clase en el aula. Presencialidad y virtualidad.

e.     Utilizar un vocabulario soez - Presencialidad y virtualidad

f.      Salir sin permiso del aula o la institución durante el desarrollo de clases o cambio de hora, sin portar el fotocheck. Presencialidad.

g.     Promover rifas, colectas, bailes, ventas sin autorización de la Dirección. Presencialidad.

h.     Participar en reuniones o actividades que alteren el desarrollo normal de sus aprendizajes o que estén en contradicción con las orientaciones de la I. E. y los protocolos de bioseguridad.

i.      Deteriorar material del laboratorio, biblioteca, ambientes y material de deportes, sala de cómputo, audio y video, así como el equipamiento y mobiliario de las aulas; en caso contrario será repuesto en su calidad y cantidad. Presencialidad.

j.      Desarrollar dentro del aula actividades distintas a la naturaleza del área que se está tratando.

k.     Incumplir con las tareas escolares o actividades virtuales.

l.      Incumplir voluntariamente indicaciones expresas de las autoridades educativas. Presencialidad y virtualidad

m.    Comprar alimentos en el kiosco durante el horario de clase. Presencialidad.

n.     Faltar sin causa justificada a clase, evaluaciones y actividades extracurriculares. Presencialidad y virtualidad

FALTAS GRAVES:

Son faltas graves:

I.        Adulterar la documentación de evaluación, códigos y mensajes para sus padres. Extraer hojas de la agenda de control, pegar comunicados sobre los deméritos o falsificar su firma.

II.       Plagiar en las evaluaciones o trabajos académicos en forma reiterada.

III.      Extraer información confidencial sobre evaluación u otros del docente.

IV.      Mentir, callar u ocultar para evadir su responsabilidad.

V.    No llegar a la Institución Educativa, habiendo salido de casa con dirección a ella. Presencialidad.

 

VI.   Portar material pornográfico, licor, bebidas energizantes, cigarrillos, pirotécnicos o drogas (lícitas e ilícitas) e inducir a sus compañeros para su uso en la Institución Educativa o en lugares públicos, bares o discotecas con o sin uniforme durante el horario escolar o fuera de él.  Presencialidad.

VII.  Evadirse durante el horario de clase o actividades programadas por la IE. Presencialidad y virtualidad

VIII.    Quedarse en parques, plazuelas, cabinas de internet, restaurantes, avenidas, centros comerciales vistiendo el uniforme de la Institución Educativa, dando mala imagen o causando desorden público. Presencialidad.

IX.   Causar daño moral o psicológico a través de la radio, televisión, internet, periódicos, pasquines o memes y escritos en útiles escolares, mobiliario e infraestructura de la institución, pizarras virtuales, a las autoridades, docentes, personal administrativo, a la familia de los estudiantes y contra sus propios compañeros. Presencialidad y virtualidad

X.    Causar todo tipo de violencia contra sus compañeros de clase, provocando daños físicos y psicológicos, dentro o fuera de la IE o reiterativamente (Bullying – bullying cibernético). Presencialidad y virtualidad

XI.   Faltar de palabra u obra, al auxiliar, docentes y personal de la Institución, dentro y fuera de la misma. Presencialidad y virtualidad

XII.  Promover enfrentamientos o riñas entre sus compañeros atentando contra la sana convivencia. Presencialidad y virtualidad.

XIII. Dañar medios y/o materiales educativos de sus compañeros o de la institución. Presencialidad y virtualidad.

XIV.   Apropiarse de material educativo de su (s) compañero (s) y lo presenta como suyo, objetos o dinero de sus compañeros o de algún miembro de la comunidad educativa. Presencialidad.

XV.  Aparecer en situaciones que atenten contra la moral y la buena imagen institucional en los diferentes sitios web o a través de otros medios. Presencialidad y virtualidad.

XVI. Manifestar expresiones afectivas fuera de contexto, dentro y fuera de la I.E. Presencialidad y virtualidad.

XVII. Usar el nombre de la Institución Educativa para fines que no son de su competencia. Presencialidad y virtualidad.

XVIII. Participar directa o indirectamente en reyertas callejeras. Presencialidad.

XIX. Desacatar, reiteradamente, disposiciones de la institución educativa. Presencialidad y virtualidad.

XX.  A pesar de tener conocimiento de situaciones de riesgo a los que se encuentran expuestos sus compañeros y/o personal de la institución, no lo comunica. Presencialidad y virtualidad.

Las partes dejan expresa constancia de conocer el contenido y los alcances del presente documento, aceptándolo de manera libre y voluntaria en su suscripción, no habiendo mediado dolo, error, violencia, intimidación ni ninaún vicio de voluntad que udiera en señ I e conformidad lo suscriben en la ciudad de Trujillo, a los ……….días del mes de ……………del dos mil veintiuno.

 

 

 

PADRE DE FAMILIA O APODERADO

D.N.I. NO ……………….…….

 

PADRE DE FAMILIA NO APODERADO

D.N.I. NC

plan estudios primaria 20201.png
plan de estudio secundaria  2021.png
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